Defensa de los Valores Republicanos y Recuperación de la Memoria Histórica
viernes, 4 de marzo de 2016
FAMYR SE DIRIGE A LA FEDERACIÓN ASTURIANA DE CONCEJOS (FACC) INSTANDO A TODOS LOS AYUNTAMIENTOS ASTURIANOS PARA QUE ELABOREN UN CATALOGO DE VESTIGIOS DE SIMBOLOGIA FRANQUISTA Y UN PLAN DE ELIMINACION DE LA MISMA.
Ante el silencio de múltiples ayuntamientos asturianos sobre la peticiones de la FEDERACIÓN ASTURIANA MEMORIA Y REPUBLICA (FAMYR) para que se proceda a la eliminación de la múltiple simbología franquista que aún perdura en nuestras calles, plazas y edificios, esta entidad ha procedido a dirigirse a la FEDERACION ASTURIANA DE CONCEJOS DE ASTURIAS, para que la misma proceda a dar instrucciones o cuando menos coordine con los distintos ayuntamientos un plan de acción que permite cumplir con la legalidad en esta materia.
La Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura (conocida por Ley de Memoria Histórica), regula en su artículo 15.1, respecto de los símbolos y monumentos públicos, que
“…Las Administraciones públicas, en el ejercicio de sus competencias, tomarán las medidas oportunas para la retirada de escudos, insignias, placas y otros objetos o menciones conmemorativas de exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra Civil y de la represión de la Dictadura. Entre estas medidas podrá incluirse la retirada de subvenciones o ayudas públicas….”
Hasta la fecha son múltiples los Ayuntamientos asturianos que no han procedido a dar cumplimiento ni a la anteriormente citada Ley de Memoria Histórica, ni a la jurisprudencia aplicable al caso. Como ejemplo de ello, FAMYR le ha aportado a la FACC el catalogo que obra en la pagina web promovida por dicha entidad, donde la ciudadanía ha ido enviado múltiples pruebas de dichos ignominiosos vestigios franquistas, a lo largo y ancho de la geografía asturiana, y que recoge referenciados a su punto de localización en el mapa de nuestra comunidad: www.memoriayrepublica.org/asturiasantifascista/?page_id=56.
A la par FAMYR considera debería sumarse a los mismos, entre otros, las múltiples placas con el yugo y las flechas que perduran, como símbolo del antiguo Ministerio de la Vivienda, en innumerables fachadas y portales de edificios y comunidades de vecinos, y que considera siguen siendo un insulto a la memoria de las victimas del Franquismo.
Para FAMYR el art 15.3 del señalado cuerpo legal, regula con claridad que “… El Gobierno colaborará con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales en la elaboración de un catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y la Dictadura. ..”.
A fecha de hoy son pocos los ayuntamientos asturianos que han tomado las medidas oportunas para la retirada de objetos o menciones conmemorativas de exaltación de los hechos históricos a los que se refiere la Ley de Memoria histórica, en aplicación del art 15.3 del mismo cuerpo legal, no habiéndose elaborado en casi ninguno de ellos el obligado catálogo de vestigios relativos a la Guerra Civil y la Dictadura, de clara competencia municipal.
Por eso llegado este momento, y ante la pasividad de la mayoría de ayuntamientos asturianos, sobre este tema, FAMYR se ha dirigido a la FACC, como entidad donde están representados todos ellos, para que puedan proceder a acordar las medidas oportunas para superar esta situación, a lo largo del año 2016, y en particular se pueda elaborar por parte suya una directriz concreta, en el ejercicio de sus competencias, para que los mismos procedan, entre otras cosas a:
1º- La elaboración de un Catalogo de Vestigios de la Guerra Civil y la Dictadura.
2º- Que se proceda por los Ayuntamientos asturianos, cada uno en su demarcación territorial, a la retirada de cuanta simbología o nombre de calles o plazas que impliquen, directa o indirectamente, una exaltación del Franquismo, muy en particular todos aquellos que se recogen en la pagina web indicada.
3º- Que. asimismo, por parte de los mismos se acuerden dirigir los oportunos requerimientos a entidades privadas o publicas, donde exista cualquier simbología de la anteriormente señalada, como comunidades de vecinos, Iglesia Católica, colegios etc…, para que procedan a su inmediata retirada, con la advertencia de que de no hacerlo, de acuerdo con el citado Art. 15 de la llamada Ley de Memoria Histórica se les retirarían y/o denegarían cualquier tipo de subvenciones o ayudas publicas municipales a las que pudieran tener derecho.
En virtud de lo expuesto,
En Llanes, a 3 de Marzo de 2016.
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